Honorarios del Martillero
HONORARIOS DEL MARTILLERO
Los Martilleros Públicos asociados son libres de proponer sus honorarios.
Es la propuesta que hace el Martillero Público, por concepto de la organización y realización estricatamente de la subasta o remate. Si es una subasta, el Martillero lo propone al solicitante del servicio, en la cotizacion o proforma y es libre y negociable entre las partes.
Si es un remate judicial el Martillero, lo propone al solictatne (demandante, agraviado, etc), por intermedio del Magistrado, en su primer escrito de apersonamiento al proceso. El Magistrado le corre traslado de la propuesta al solicitante, si está de acuerdo o en desacuerdo. Si está de acuerdo queda firme. Si no está de acuerdo el solicitante, observará la propuesta y si el Martillero también no está de acuerdo, el Magistrado tiene facultades para regularlo. Si no está de acuerdo el solicitante, podrá solicitar subrogacion del Martillero. Si el Martillero no está de acuerdo, porque no cubre su presupuesto, informará su retiro del remate al Magistrado. El Magistrado de oficio podrá nuevamente solicitar un nuevo Martillero, al Registro de Martilleros Judiciales de la Corte correspondiente.